El encargo por parte de la empresa de cobro o el encargo para la reclamación judicial de la deuda en el marco de un procedimiento monitorio requiere la facturación por parte del acreedor, así como el requerimiento de pago.
Si usted, como empresario o particular, tiene una deuda por cobrar, el procedimiento monitorio judicial puede ser una forma rápida y económica de obtener un título ejecutivo. Este procedimiento es adecuado siempre que la deuda no haya sido impugnada y no existan otros motivos de inadmisibilidad. Le ayudamos a llevarlo a cabo correctamente para obtener dicho título ejecutivo. Una de las muchas ventajas es, entre otras, que la ejecución puede llevarse a cabo directamente con la orden de ejecución o en los siguientes 30 años. Este largo periodo de tiempo aumenta las posibilidades de que el embargo tenga éxito.
Como empresa de cobro de deudas, vigilamos a sus deudores para comprobar si el deudor, que ahora puede no ser solvente, dispone de liquidez en otro momento. Esto es muy probable a largo plazo, por ejemplo, debido a una herencia, un matrimonio o la incorporación a un nuevo trabajo. Con nuestro servicio, obtendrá su título ejecutivo, siempre y cuando la parte demandada, su deudor, no presente ninguna objeción.
Solicitamos un requerimiento de pago al tribunal competente. La mayoría de los estados federados cuentan con tribunales centrales y también es posible realizar procedimientos de requerimiento de pago electrónicos.
Se notifica al demandado, su deudor, un requerimiento de pago, contra el que puede presentar oposición.
Solicitamos una orden de ejecución.
Fuerza ejecutiva del título ejecutivo
A menudo ocurre que, tras la notificación del requerimiento de pago, el deudor
paga para evitar un procedimiento judicial que conlleva gastos. El
El procedimiento monitorio habrá finalizado entonces.
Para el procedimiento monitorio, en particular el requerimiento de pago o la orden de ejecución
Se incurrirá en gastos de abogados y costas judiciales. Solo en el caso de las costas judiciales por un
Los procedimientos de reclamación deben pagarse por adelantado. Puede calcularlos aquí:
https://www.mahngerichte.de/verfahrenshilfen/kostenrechner/
Aquí comprobará que las costas judiciales son muy reducidas.
Si su deudor presenta una oposición contra el requerimiento de pago o un recurso contra la orden de ejecución, la deuda deberá reclamarse en un procedimiento judicial. A partir de ese momento, un abogado deberá hacerse cargo del proceso. Si desea continuar con la reclamación judicial de su deuda, nuestros abogados le asesorarán y se encargarán de continuar con el cobro de la deuda. La reclamación judicial conlleva otros gastos, que le detallaremos con precisión. Si su reclamación es justificada, el deudor también correrá con estos gastos.
Estaremos encantados de comprobar si en su caso se dan las condiciones para solicitar un requerimiento de pago. Sin embargo, en algunos casos este procedimiento queda descartado. Por ejemplo, cuando no existe una reclamación monetaria o cuando usted aún no ha prestado la contraprestación. Pero también en este caso hay algunas excepciones que se derivan de la relación contractual individual entre usted y su deudor. Por ello, también comprobamos exhaustivamente las relaciones comerciales generales, así como los hechos que usted nos ha comunicado.
En primer lugar, siempre recomendamos un procedimiento extrajudicial. No obstante, también adaptamos nuestra estrategia a sus necesidades, que dependen de su condición de particular o empresa. Tras recibir el encargo y los datos del deudor, enviamos primero el primer recordatorio de cobro. En él, facilitamos al deudor los datos esenciales de la deuda y los gastos adicionales derivados del encargo. Si no se puede entregar el recordatorio, nos encargamos además de localizar la dirección. Si el deudor no responde al primer recordatorio de cobro a pesar de haber localizado su dirección actual y de haberlo entregado con éxito, le enviamos otro recordatorio. En este caso, actuamos de forma más decidida y le comunicamos que comprendemos su demora, pero le indicamos las consecuencias y, al mismo tiempo, le ofrecemos soluciones.
Este procedimiento suele ser prometedor con solo contratar a una empresa de cobro, ya que el deudor se da cuenta de su situación de morosidad y de las consecuencias negativas que puede tener la intervención de un tercero que no es parte del contrato original.
Trabajamos en función del éxito. Esto significa que, en caso de éxito, su deudor pagará los gastos de cobro generados por el encargo. Por lo tanto, en caso de cobro íntegro de su deuda pendiente, recibiremos directamente del deudor los intereses de demora previstos por la ley y los gastos en los que hayamos incurrido. Usted recibirá el importe íntegro de la deuda de su deudor.
Si se produjeran otros gastos, como tasas judiciales, gastos de ejecución o gastos de localización de direcciones o de cobro en el extranjero debido a la morosidad del deudor en el extranjero, discutiremos previamente con usted el procedimiento a seguir y le informaremos sobre estos posibles gastos adicionales. Por lo tanto, estos solo se incurrirán tras consultarlo previamente con usted. (Encontrará más información al respecto en nuestras Condiciones generales de contratación así como, si fuera necesario, por uno de nuestros empleados)
Su deudor solo deberá abonar las tasas previstas por la Ley de servicios jurídicos.
En nuestro blog también publicamos constantemente nuevas sentencias judiciales sobre este tema, así como avisos sobre prácticas poco serias en el sector del cobro de deudas.
Por regla general, un procedimiento extrajudicial es más favorable para el deudor. A menudo, la factura se ha perdido en el día a día y el deudor tiene mucho interés en actuar lo antes posible tras recibir nuestra reclamación, de modo que usted reciba rápidamente su crédito.
La presión suele ser mayor cuando se encarga a un tercero la reclamación. Esta presión es suficiente y conduce a un resultado satisfactorio para todas las partes implicadas.
Si el deudor se muestra reacio a pagar o se teme que pueda mostrarse reacio, se puede recurrir a un procedimiento monitorio judicial.
Aquí Más información sobre el procedimiento monitorio.
En la mayoría de los casos, contratar los servicios de una empresa de cobro no supone ningún perjuicio, sino todo lo contrario: evita que su relación contractual se vea afectada por el retraso del deudor. ¿Cómo llegamos a esta conclusión? Recurrir a un tercero que evalúe la reclamación de forma objetiva es siempre una forma de llegar a un resultado justo fuera de los tribunales. El acreedor puede transferir a la empresa de cobro la desagradable y laboriosa tarea de cobrar su deuda al deudor. De este modo, no solo ahorra tiempo y nervios, sino que también puede preservar la relación con su deudor para la relación contractual en curso, sin tener la necesidad de poner fin definitivamente a la relación contractual por frustración.
Si está interesado, le asesoraremos ampliamente al respecto. Se puede configurar una orden permanente mediante una interfaz entre su contabilidad y nuestro sistema o mediante la transmisión de una tabla Excel.
De este modo, podrá externalizar la gestión de cobros a nuestra empresa sin grandes esfuerzos administrativos. Adaptamos nuestro servicio a sus necesidades en caso de encargos permanentes, lo que le permite obtener la máxima eficiencia en el cobro de sus deudas.
Puede contratarnos como particular o como empresa para una sola reclamación o para reclamaciones recurrentes y múltiples reclamaciones.
En principio, se pueden reclamar todas las deudas indiscutibles y existentes. Además, se debe poner al deudor en mora. Esto se puede hacer mediante un requerimiento, es decir, una solicitud clara y específica en la que el acreedor expresa de forma inequívoca que exige el pago de la deuda. Un requerimiento también puede ser prescindible en los casos mencionados en el Código Civil (BGB), por ejemplo, si se ha fijado un plazo para el pago según el calendario. También podemos reclamar cantidades mínimas. En nuestro blog explicamos con más detalle por qué es necesario y conveniente reclamar incluso cantidades mínimas.
Si el deudor impugna una deuda en el procedimiento de cobro, el procedimiento continúa de la siguiente manera:
Verificación de la deuda: Fortis Inkasso volverá a verificar minuciosamente la deuda del acreedor para asegurarse de que sea legítima y esté justificada. Si la deuda no está justificada, la empresa de cobro archivará el procedimiento.
Defensa contra reclamaciones: si el deudor impugna la reclamación, deberá justificar sus objeciones por escrito. El deudor deberá explicar concretamente por qué no reconoce la reclamación y, por ejemplo, indicar los motivos por los que no se ha prestado el servicio o por los que la reclamación no se ha calculado correctamente.
Examen de las objeciones: Fortis Inkasso examinará las objeciones del deudor y, si procede, solicitará más información o pruebas al acreedor. Si las objeciones del deudor son justificadas, Fortis Inkasso suspenderá el procedimiento.
Nuestra sencilla interfaz de usuario es rápida y fácil de entender.
Si tiene alguna pregunta, estaremos encantados de atenderle lo antes posible.
Con nosotros, sus pagos se procesan de forma rápida y segura.